ANSES | Apoderamiento para cobro
Es posible apoderar a una persona o a un banco para que éste cobre un beneficio de ANSES en la Argentina y lo transfiera a una cuenta bancaria del poderdante en el exterior.
En caso de apoderar a una persona, ésta debe ser mayor de 18 años y puede ser familiar del poderdante, tutor o curador, o abogado o gestor registrado ante ANSES.
En caso de apoderar a un banco, puede elegirse alguna de las siguientes entidades: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Itaú Argentina S.A.
Para iniciar el apoderamiento para cobro en este Consulado debe presentarse con el Formulario PS 6.4 – Carta Poder completo (SIN FIRMAR) y su DNI vigente, Cédula de identidad o pasaporte.
En ocasión de su cita consular procederá a firmar el formulario PS 6.4 – Carta Poder ante un funcionario consular y obtendrá copia autenticada de su DNI/CI o pasaporte y certificado de supervivencia.
El trámite es gratuito.
ATENCIÓN: En caso de que desee realizar el cambio de boca de pago y, a tal efecto, apodera al Banco de la Nación Argentina para que gire su pensión a Uruguay, usted deberá abrir una caja de ahorros en dólares en el BROU (sucursal Salto) y traer al Consulado el comprobante de apertura de la cuenta, firmado y sellado por el banco (se adjunta un modelo). En sede consular, deberá firmar una carta poder otorgando al BNA la facultad para percibir y transferir las prestaciones mensuales al Banco BROU.
Teléfono de ANSES para consultas desde el exterior: 0054 11 4015-5825, interno 130
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