El día 1º de octubre de 2021 fueron publicados en el Boletín Oficial el Decreto 678/2021 y la Decisión Administrativa 951/2021, por medio de los cuales fue reestablecida la posibilidad de ingreso de turistas provenientes de países limítrofes a través de los corredores seguros habilitados y se establecieron nuevos requisitos de ingreso al país.
Los corredores sanitarios seguros habilitados para el ingreso a la República Argentina desde Uruguay siguen siendo:
- Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de la localidad de Ezeiza
- Aeropuerto Internacional San Fernando
- Aeroparque Metropolitano Jorge Newbery
- Puerto de Buenos Aires (vía fluvial), a través de frecuencias comerciales desde Montevideo y Colonia.
A la fecha, los tres pasos terrestres con Uruguay permanecen temporalmente cerrados para el ingreso de particulares a la Argentina.
Requisitos para el ingreso al territorio nacional hasta el 31 de diciembre
(Para mayor información, visitar la página ARGENTINA.GOB.AR)
Todas las personas que ingresen al país deberán completar una Declaración Jurada Electrónica, presentar un PCR negativo realizado dentro de las 72 horas previas al ingreso, hacerse un test de antígenos al arribo y realizar otro PCR entre el quinto y séptimo día del arribo.
SE ACONSEJA CONSULTAR CON EL TRANSPORTISTA INTERNACIONAL (Buquebús, Colonia Express, Aerolíneas Argentinas) LOS REQUISITOS APLICABLES A DICHO MEDIO DE TRANSPORTE AL MOMENTO DE REALIZAR SU VIAJE, YA QUE ALGUNOS SERVICIOS INCLUYEN LA REALIZACION DEL TEST DE PCR PREVIO AL EMBARQUE.
1. CIUDADANOS ARGENTINOS Y EXTRANJEROS RESIDENTES EN LA REP. ARGENTINA
Los ciudadanos argentinos y los extranjeros con residencia en Argentina que presenten esquema de vacunación completo 14 días antes del ingreso y los testeos correspondientes serán exceptuados de realizar el aislamiento.
Deberán contar con el comprobante de su vacunación registrado en la Aplicación Mi Argentina, si la vacunación fue realizada en la República Argentina. En el caso de quienes se vacunaron en el extranjero, deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación. Argentina respeta las vacunas aprobadas por los países de origen. Por otro lado, deberán desarrollar sus actividades sociales, laborales, comerciales y deportivas extremando las medidas de prevención y cuidado en los 10 días posteriores al testeo PCR negativo realizado en las 72 horas previas al embarque.
Los ciudadanos argentinos y los extranjeros con residencia en Argentina que no cuenten con un esquema completo de vacunación realizado con una antelación mayor a 14 días al momento de su ingreso al país deberán realizar el aislamiento además de cumplir con el test PCR hasta 72 horas previas al embarque, el test de antígeno a su llegada al país y el test PCR al séptimo día contado desde su arribo, para así poder dar por finalizado su aislamiento.
Los menores de edad que no presenten el esquema de vacunación completo podrán ingresar al país acompañados de adultos, pero deberán realizar el aislamiento.
Los costos de las pruebas de secuenciación a las que se refieren deberán ser asumidos por la persona que ingresa al país y deberán efectivizarse en la forma que establezcan las autoridades competentes.
2. EXTRANJEROS NACIONALES O RESIDENTES DE PAÍSES LIMÍTROFES SIN RESIDENCIA EN LA REP. ARGENTINA
Los extranjeros nacionales o residentes de países limítrofes que presenten esquema de vacunación completo 14 días antes del ingreso y los testeos correspondientes serán exceptuados de realizar el aislamiento y podrán ingresar al país en los términos que establece la normativa migratoria regular.
Deberán contar con el comprobante de su vacunación registrado en la Aplicación Mi Argentina, si la vacunación fue realizada en la República Argentina. En el caso de quienes se vacunaron en el extranjero, deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación. Argentina respeta las vacunas aprobadas por los países de origen. Por otro lado, deberán desarrollar sus actividades sociales, laborales, comerciales y deportivas extremando las medidas de prevención y cuidado en los 10 días posteriores al testeo PCR negativo realizado en las 72 horas previas al embarque.
Se recuerda que los ciudadanos uruguayos están exentos del trámite de visado para ingresar a la Rep. Argentina a realizar cualquier actividad remunerada o no con una estadía máxima de 90 días según los términos del Acuerdo Bilateral de 2016.
Demás nacionalidades deberán verificar los requisitos migratorios:
http://www.migraciones.gov.ar/accesible/indexdnm.php?visas
Los extranjeros nacionales o residentes de países limítrofes que no hayan completado el esquema de vacunación podrán ingresar al territorio nacional siempre que su ingreso no sea por razones de turismo, previa autorización de la Dirección Nacional de Migraciones, debiendo realizar aislamiento y hacerse un PCR al día 7 de su llegada al país. Estos casos deberán tramitar previamente una excepción a la prohibición según el motivo de viaje en esta sede consular.
Los menores de edad que no presenten el esquema de vacunación completo podrán ingresar al país acompañados de adultos, pero deberán realizar el aislamiento
Los extranjeros no residentes deberán contar además con un seguro con cobertura COVID-19
Los costos de las pruebas de secuenciación a las que se refieren deberán ser asumidos por la persona que ingresa al país y deberán efectivizarse en la forma que establezcan las autoridades competentes.
ULTIMA ACTUALIZACION: 01/10/2021