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Venias de viaje

VENIA DE VIAJE (PERMISO DE INGRESO Y EGRESO DE MENORES DE EDAD)

La venia de viaje es una autorización para viajar que uno de los progenitores, o ambos, o el tutor o el representante legal le otorgan a un menor de 18 años para entrar y salir de la República Argentina, ya sea sólo, o acompañado de un progenitor o en compañía de un tercero.

En la Argentina el ejercicio de la responsabilidad parental es compartida. Por lo tanto, se requiere la autorización de ambos progenitores para que el menor pueda viajar. Si los padres estuviesen divorciados/separados, el Código Civil exige también el consentimiento expreso de ambos padres para autorizar al menor a salir de la Argentina, salvo que por sentencia judicial se haya atribuido la custodia exclusiva a uno de ellos, en cuyo caso deberá presentarse la sentencia judicial pertinente.

Conforme a la Disposición Nº 2656/2011 y su modificatoria Disposición DNM 5082-E/2017, "Necesitan autorización para EGRESAR del país las personas que no hayan alcanzado los DIECIOCHO (18) años de edad, sean de nacionalidad argentina o extranjeros que sean beneficiarios de una residencia permanente, temporaria o precaria en la REPÚBLICA ARGENTINA o que hubieran permanecido en el territorio nacional por lapso igual o mayor a un año a partir de su último ingreso."

Están exentos los menores emancipados por matrimonio, los menores argentinos que tuvieren su domicilio o residencia en el exterior debiendo acreditar tal circunstancia mediante documento identificatorio, los extranjeros menores que hubieren alcanzado la mayoría de edad en su país de origen o de residencia anterior y los extranjeros menores de dieciocho años que sean residentes transitorios (Por ejemplo turistas).

Asimismo, la citada disposición establece que "Necesitan autorización para INGRESAR al país, los menores de edad que no hubieren cumplido los TRECE (13) años, cualquiera sea su nacionalidad y categoría de ingreso, que no viajen acompañados o no sean aguardados por quien o quienes ejercen la responsabilidad parental o por un tercero autorizado".

Los requisitos para tramitar una VENIA O PERMISO DE VIAJE DE MENOR son:

1) DNI o pasaporte del o de los padre/s autorizante/s;

2) Partida de nacimiento del menor (en original, si es extranjera deberá estar Apostillada);

3) DNI o pasaporte del menor (original o fotocopia);

4) DNI o pasaporte (original o pasaporte) y domicilio de la persona que acompañará al menor en el viaje o que lo recibirá en el lugar de destino (si fuera el caso);

5) Si uno de los padres ha fallecido, se deberá presentar su partida de defunción Si uno de los padres ha sido privado de la responsabilidad parental por decisión judicial, se deberá presentar la sentencia que lo acredite..

ARANCEL: USD 50 que se abonan en pesos uruguayos al tipo de cambio del día (Arancel Consular 6.9.1).

Nota: El alcance de la venia, tanto en cuanto a su duración como a los destinos, queda a elección de los firmantes. Si el menor tiene entre 0 y 13 años, la venia de viaje debe indicar el país adonde viaja el menor y los datos completos de la persona que lo recibirá (nombre y apellido, tipo y número de documento y domicilio). Si el menor tiene entre 14 y 17 años, la autorización debe indicar el país de destino y se lo podrá autorizar a viajar solo.

El/los solicitantes de la venia deberán informar un correo electrónico para enviarle/s la copia con homologación digital de la autorización de viaje. Esta versión digital es válida para viajar y no requiere de apostillado para su presentación en la Argentina.

El día del turno asignado en el cual se firmará la venia de viaje, es necesaria la presencia de los padres. No se requiere la presencia del menor.

 

 

Fecha de actualización: 01/04/2025